1.Dibuja
la pirámide jerárquica de las normas en
el ámbito del Derecho Laboral: normas ordenadas de mayor a menor rango jerárquico según el principio de jerarquía
normativa.
2.Completa el siguiente cuadro sobre
los tres poderes del Estado:
Poderes del Estado
|
En qué consiste
|
Quién lo ejerce
|
Legislativo
|
Elabora
leyes
|
El
Senado y los Diputados
|
Ejecutivo
|
Dirige
la vida administrativa del país y elabora los reglamentos
|
El
Estado
|
Judicial
|
Aplica e
interpreta leyes
|
Los
Juzgados y Tribunales
|
3. a) Define los
siguientes principios generales del
Derecho Laboral: principio de jerarquía normativa, principio de norma más
favorable, principio más beneficiosa, principio in dubio pro operario,
principio de norma mínima y principio de irrenunciabilidad de derechos.
b) Determina en cada caso cuál es el principio de
aplicación del Derecho Laboral:
b.1. En el contrato de un trabajador, se recoge una
cláusula, por la cual disfruta de un plus de productividad. Sus compañeros
disfrutan del mismo plus por CC, no por contrato. Tras la aprobación de un
nuevo convenio, se suprime el plus de productividad, por lo que todos los
compañeros lo pierdes, salvo él, que lo tiene concedido en su contrato de
trabajo. Principio de condición más beneficiosa.
b.2. Un trabajador no puede firmar un contrato de
trabajo en el que aceptara cobrar menos de lo que establece su convenio
colectivo. Principio de irracionalidad de derechos.
b.3. El ET establece una indemnización por despido
improcedente de 33 días de salario por año de servicio, pero no especifica qué
se entiende por salario, ¿sólo el salario base o el salario base, los
complementos salariales y las pagas extra? Principio in dubio pro operario.
b.4. El ET concede 30 días naturales de vacaciones
anuales retribuidos; un CC puede otorgar 31 días naturales o más pero nunca 29
días naturales o menos. Principio de norma mínima.
b.5. El ET concede 16 semanas de permiso de maternidad
mientras que el CC aplicable a la trabajadora le permite disfrutar de 18
semanas. Principio de norma más favorable.
4.a) Explica los requisitos que tiene que reunir el
trabajado para que sea regulado por el Derecho Laboral.
à Personal: La prestación debe ser llevada a cabo por el
trabajador, y no puede ser realizada por otra persona en su nombre.
à Voluntario: El trabajo debe ser realizado
voluntariamente. El trabajador no puede ser obligado a efectuar el trabajo
contra su voluntad.
à Dependiente: El trabajador está sometido al poder de
organización y disciplina del empresario, es decir, trabajará con los medios y
materiales suministrados por la propia empresa y recibirá órdenes sobre cómo,
cuándo y dónde ha de realizar su trabajo.
à Por
cuenta ajena: El fruto del trabajo no es del trabajador sino del empresario,
por cuya cuenta trabaja.
à
Retribuido: El trabajador debe ser retribuido por el trabajo desarrollado, es
decir, recibe un salario por su trabajo.
b) Justifica si se puede considerar relación laboral la realización por
el alumno de las FCT (módulo de Formación en Centros de Trabajo de segundo
curso del ciclo formativo).
5.a) ¿Qué diferencias existen entre las relaciones laborales especiales y las relaciones no laborales o excluidas?
La diferencia entre las relaciones laborales especiales y
las relaciones no laborales o excluidas, es que en las especiales si cumplen
los requisitos para se una relación laboral pero necesitan de un reglamento
propio mientras las excluidas no cumplen los requisitos para ser relaciones laborales
b) Indica si se trata de una relación laboral, si es especial o si está
excluida del Derecho Laboral. Si está excluida señala qué requisito/s para que
exista una relación laboral no se cumplen.
b.1. El trabajo realizado por un estibador del Puerto de Valencia. Relación
laboral especial.
b.2. Eres trabajador de una ETT. Relación laboral especial.
b.3. El trabajo realizado por un autónomo. Relación no laboral.
b.4. El trabajo realizado por un funcionario público. Relación no
laboral.
b.5. El trabajo realizado al servicio del hogar familiar (limpieza,
cuidado de niños, labores de jardinería, etc.) Relación no laboral.
6.
¿Cuáles son los deberes laborales básicos?
Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de
trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia.
Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el
ejercicio regular de sus facultades directivas.
No concurrir con la
actividad de la empresa, en los términos fijados en el Estatuto de los
Trabajadores.
Contribuir a la mejora de la productividad.
Cualquier otro que se derive del contrato de trabajo.
6. a) ¿En qué
consiste el poder disciplinario del empresario?
Consiste en adoptar
decisiones sancionadoras de eficacia inmediata, sin necesidad de acudir a las
instancias judiciales para su imposición y efectividad.
b) ¿Cómo se gradúan las sanciones?
Las sanciones se suelen graduar en leves, graves y muy graves.
c) ¿Cómo se comunican a los trabajadores las faltas leves, las faltas
graves y las faltas muy graves?
Las faltas leves no requieren ningún
tipo de formalidad, en cambio las falta graves y muy graves exigen comunicación
escrita constando fecha y hechos por el que se les sanciona.
d) Explica la prescripción de las faltas del trabajador.
Las prescripciones de las faltas de
los trabajadores tienen los siguientes plazos:
-Las faltas leves vencen a los 10
días.
-Las faltas graves vencen a los 20
días.
-Las faltas muy graves vencen a los
60 días.
e) Indica las posibles sanciones por faltas leves, por faltas graves y
por faltas muy graves.
Las posibles sanciones por las faltas
leves son, amonestación verbal o escrita y suspensión de empleo y sueldo
durante unos días, por las faltas graves son, inhabilitación para ascender
durante un tiempo, el traslado y la suspensión de empleo y sueldo durante
quince días, y por último las sanciones por las faltas muy graves pueden
acarrear la suspensión de empleo y sueldo hasta seis meses, traslado y despido.
f) ¿Qué sanciones están prohibidas?
g) Un trabajador cometió una falta muy grave el 10/01/16. Indica, en
cada caso, el plazo del que dispone el empresario para sancionarle si conociera
la falta del día 10/01, 10/04, 10/06, 1/07 o el 10/07.
7.Clasifica los
Juzgados y Tribunales de la Jurisdicción
Laboral, de menor a mayor rango, según su ámbito territorial y según su
competencia:
Jurisdicción Laboral
|
Ámbito territorial
|
Competencia
|
Juzgado de lo Social
|
Ámbito provincial. |
Conflictos laborales. |
Sala de lo Social del TSJCV (Tribunal Superior de
Justicia de la Comunidad Valenciana)
|
Ámbito autonómico. |
Recursos de suplicación contra las resoluciones de los Juzgados de lo
social. |
Sala de lo Social de la AN (Audiencia Nacional)
|
Ámbito territorial superior al de una comunidad autónoma. |
Los procesos sobre libertad sindical, conflictos y convenios colectivos. |
Sala de lo Social del TS (Tribunal Supremo)
|
Ámbito nacional. |
Resuelve los recursos de casación contra las sentencias dictadas por las
salas de lo social de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de
Justicia. |
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